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martes, 18 agosto, 2026
LOCAL
lunes, 17 agosto, 2026
El Ayuntamiento de Linares moderniza el Parque de Bomberos con nuevas instalaciones y medios para reforzar la seguridad
Linares refuerza y moderniza su Parque de Bomberos

La alcaldesa de Linares, Auxi del Olmo, ha visitado el Parque de Bomberos de la ciudad para supervisar las distintas actuaciones de mejora ejecutadas durante lo que va de año, unas intervenciones orientadas a modernizar las instalaciones, reforzar los recursos materiales y mejorar las condiciones de trabajo de los profesionales del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS).

Durante la visita, Del Olmo ha destacado el compromiso del Ayuntamiento con la mejora del servicio y ha subrayado que estas inversiones tienen como principal objetivo garantizar que los bomberos dispongan de unas instalaciones adecuadas y de los medios necesarios para afrontar las emergencias con las máximas garantías.

Entre las actuaciones realizadas se encuentran diversas mejoras en las propias infraestructuras del Parque, con la renovación de espacios para adaptarlos a las necesidades actuales del servicio. En este apartado destaca la intervención llevada a cabo en la piscina, que permitirá a los profesionales contar con un espacio más adecuado para sus entrenamientos y preparación física.

El Consistorio también ha reforzado la autonomía operativa del Parque con la incorporación de un nuevo grupo electrógeno. Este equipamiento permitirá mantener el suministro eléctrico y garantizar el funcionamiento de las instalaciones incluso ante posibles cortes de luz o situaciones de emergencia, contribuyendo así a asegurar la continuidad del servicio en cualquier circunstancia.

Otra de las principales líneas de actuación ha sido la renovación y ampliación de los medios móviles. En este sentido, se han incorporado nuevos vehículos y recursos destinados a mejorar la capacidad de respuesta ante los distintos tipos de emergencias. Entre las nuevas adquisiciones destaca una pick-up, un vehículo especialmente versátil que facilita los desplazamientos y las intervenciones en diferentes terrenos y situaciones.

La alcaldesa ha defendido que la modernización del Parque de Bomberos constituye una inversión directa en la seguridad de la ciudadanía. “Detrás de cada emergencia hay unos profesionales que necesitan estar perfectamente preparados y contar con todo lo necesario para actuar”, ha señalado Del Olmo, quien ha insistido en que mejorar las instalaciones y los recursos del cuerpo permite reforzar tanto la prevención como la capacidad de respuesta ante cualquier eventualidad.

La regidora ha asegurado además que el Ayuntamiento continuará trabajando para mejorar los servicios públicos y proporcionar a los profesionales municipales las mejores condiciones y herramientas para desarrollar su labor.

En la visita a las instalaciones, Auxi del Olmo ha estado acompañada por el concejal-delegado de Bomberos, Michel Rentero; el jefe del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Linares, Jesús Padilla, y distintos profesionales del Cuerpo.

PROVINCIA
domingo, 16 agosto, 2026
Condenado en Jaén por quebrantamiento pero absuelto de malos tratos al declarar la víctima que se autolesionó
La Audiencia de Jaén condena a un hombre por quebrantar una orden de alejamiento y causar daños, pero lo absuelve de los delitos más graves

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a un hombre de 30 años a seis meses de prisión por un delito de quebrantamiento de medida cautelar y a un mes de multa con una cuota diaria de tres euros por un delito leve de daños.

Sin embargo, el tribunal le absuelve de los delitos de detención ilegal (dos), malos tratos y coacciones continuadas de los que venía siendo acusado por la Fiscalía y la acusación particular, después de que la denunciante se desdijera por completo en el juicio y declarara que se autolesionó con un rodillo de amasar para forzar el ingreso de su pareja en un centro de desintoxicación.

Según recoge la sentencia, a la que ha accedido Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los hechos se remontan al 25 de julio de 2024, cuando el Juzgado de Instrucción número 4 de Linares dictó una orden de protección que prohibía al acusado aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con su pareja.

Pese a tener conocimiento de dicha resolución, ambos reanudaron la convivencia a los pocos días. Asimismo, quedó acreditado que el 8 de agosto de 2024 el acusado causó desperfectos en la puerta de la vivienda por un valor inferior a los 400 euros.

Durante la celebración del juicio oral, la presunta víctima negó haber sufrido cualquier tipo de agresión, insulto, control o encierro por parte del acusado. La mujer relató ante el tribunal que el procesado sufría una fuerte adicción a las drogas y que, tras mantener diversas discusiones por este motivo, decidió interponer una denuncia falsa siguiendo el consejo de una conocida, quien le había comentado que un juez envió a su propio hijo adicto a un centro de rehabilitación tras denunciarlo.

Para dar verosimilitud a su denuncia, la mujer confesó que ella misma se causó las lesiones que presentaba utilizando un rodillo de amasar. Asimismo, aclaró que si llegó descalza a las dependencias de la Policía Nacional de Linares fue simplemente porque se le rompió una de las chanclas que calzaba y decidió tirar ambas a la basura.

La sala argumenta en los fundamentos de derecho que el testimonio de la denunciante en el plenario, prestado bajo los principios de oralidad, inmediación y contradicción, no reúne los requisitos de persistencia y verosimilitud necesarios para enervar la presunción de inocencia del acusado respecto a los delitos más graves.

El tribunal señala que la declaración de los agentes policiales que redactaron el atestado tampoco puede servir como prueba de cargo suficiente, ya que actuaron como un "mero vehículo transmisor" de lo manifestado inicialmente por la denunciante sin aportar otros elementos periféricos de corroboración.

Y es que la mujer se personó en la comisaría con su bebé de dos años para denunciar que su pareja las había tenido retenidas en casa durante y una semana y que a ella le había agredido.

Por el contrario, la Audiencia sí considera probado el delito de quebrantamiento de la orden de alejamiento y el delito leve de daños, dado que el propio acusado reconoció ambos hechos durante la vista oral, lo que se vio respaldado por las actas de notificación de la medida cautelar, las fotografías de los daños en la puerta y el informe pericial correspondiente.

En materia de responsabilidad civil, el tribunal ha determinado que no procede fijar ninguna indemnización. Por un lado, se descarta la compensación por lesiones al haber sido absuelto el acusado de los malos tratos.

Por otro lado, se rechaza la indemnización por los daños en la vivienda debido a que la acusación particular retiró dicha reclamación en sus conclusiones definitivas y a que ambas partes coincidieron en que el coste de los desperfectos ya había sido abonado al propietario.

Finalmente, la sentencia impone al condenado el pago de una tercera parte de las costas procesales, incluyendo las de la acusación particular, en proporción al único delito grave por el que ha resultado condenado.

La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).