Segun Europa Press "La Sección Tercera
de la Audiencia de Jaén ha condenado a dos años de cárcel y al pago de una
multa de 1.890 euros a un padre que en el juicio celebrado este jueves se ha
declarado culpable de agredir y abusar sexualmente de su hija de 19 años. La
joven presenta una discapacidad visual del 69 por ciento y sufre retraso leve.
El acusado, que
también padece discapacidad mental, ha reconocido los hechos y se ha conformado
para así acogerse a las penas propuestas por el Ministerio Fiscal y a las que
se han adherido tanto la acusación particular ejercida por Amuvi --asociación
que se encarga del asesoramiento, asistencia e información a las victimas de
violencia sexual y violencia de género--, y la defensa.
Aunque
inicialmente el Ministerio Fiscal reclamaba seis años por la agresión sexual y
tres años por el delito de abuso sexual continuado, además de una indemnización
de 30.000 euros, en aras de la conformidad del acusado ha rebajado las penas
hasta los dos años de cárcel por el delito de agresión sexual y la multa de
1.890 euros por los abusos continuados. Además, la indemnización la ha rebajado
a 15.000 euros.
La reducción de
penas se ha producido después de que la fiscal haya contemplado para el acusado
atenuantes vinculadas a su discapacidad y a su adicción a diferentes
sustancias.
Los hechos
enjuiciados se remontan a 2021 cuando la joven, que convivía con su padre, le
denunció ante la Guardia Civil relatando un episodio de agresión sexual y
varios de abusos, lo que llevó al juzgado instructor a dictar una orden que
prohibía al acusado acercarse y comunicarse con su hija.
Ahora, una vez que
el padre se ha declarado culpable, además de la pena de prisión y la multa, se
le condena también a tres años de libertad vigilada y seis años de prohibición
de comunicación y acercamiento a la víctima.
Una vez que el
acusado ha aceptado las penas y se ha declarado culpable, las partes han
considerado innecesario seguir con el juicio. Al tratarse de una sentencia por
conformidad, el acusado se compromete a no recurrirla".